| Pensión
por Retiro El retiro no es más que la situación en que se encuentra el afiliado que ha obtenido su pensión de acuerdo a los requisitos exigidos por la Ley, Art. 25 y Siguiente. REQUISITOS Se adquiere el derecho a pensión al cumplir 25 años de servicio y 50 años de edad, equivalente al 80% del Salario Básico Regulador, la cual incrementa en un 4% por cada año de servicio hasta completar el 100% (30 años). |
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DOCUMENTOS PARA TRAMITE
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PENSION POR INVALIDEZ |
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PENSION DE SOBREVIVIENTES |
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