Campo de Aplicación
Art. 3.- REGIMEN GENERAL
El régimen general de la presente Ley se aplicará a todo Militar,
funcionario, o empleado que esté de alta en la Fuerza Armada cualesquiera
sea su forma de nombramiento y la manera de percibir su salario.
Art. 4.- REGIMENES ESPECIALES
También se aplicarán regímenes especiales dentro de la presente
Ley al siguiente personal:
a) A los que gocen de Pensión Militar
y a sus beneficiarios;
b) A la tropa en servicio militar
obligatorio; y
c) A los excotizantes y demás categorías
de personal que fueren incorporasdas al sistema, por resolución
del Ministerio de la Defensa Nacional, a propuesta del Instituto.
TITULO I |