Campo de Aplicación

Art. 3.- REGIMEN GENERAL

El régimen general de la presente Ley se aplicará a todo Militar, funcionario, o empleado que esté de alta en la Fuerza Armada cualesquiera sea su forma de nombramiento y la manera de percibir su salario.

Art. 4.- REGIMENES ESPECIALES

También se aplicarán regímenes especiales dentro de la presente Ley al siguiente personal:

     a) A los que gocen de Pensión Militar y a sus beneficiarios;

     b) A la tropa en servicio militar obligatorio; y

     c) A los excotizantes y demás categorías de personal que fueren incorporasdas al sistema, por resolución del Ministerio de la Defensa Nacional, a propuesta del Instituto.

TITULO I